viernes, 2 de junio de 2006

Guau, guau

La Audiencia de Barcelona ha denegado a un hombre el derecho a encontrarse con su perro, propiedad de su ex esposa, por considerar que el pacto en el que ambos cónyuges acordaron el régimen de visitas del animal no puede ser garantizado por los tribunales. Dicho pacto otorgaba a la mujer la propiedad del perro y reconocía el derecho del ex marido a visitarlo.

Sin embargo, el tribunal recuerda las dificultades que plantea el acuerdo: la realización de visitas no incluye el contacto con el animal, ni tampoco la posibilidad de sacarlos a la calle, "pues ello conllevaría una relación de confianza entre el visitador y el propietario no usual entre ex esposos". Además "implican determinados riesgos para el animal, como los derivados de los contactos con otros perros, y para terceros a los que pudiera dañar", cuya responsabilidad debería asumir la propietaria.

Uno, que es de Barcelona pero hace años que no vive en ella, se pregunta qué clase de perros hay ahora allí, qué clase de ex esposos y qué clase de jueces.

Guau, guau.

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